martes, 28 de septiembre de 2021

Fondos privados de pensiones: una opción inequitativa y costosa

 

 expectativa incumplida

Cuando se crearon los fondos privados de pensiones se dijo que la competencia entre las administradoras reduciría los costos para los asegurados; los usuarios tendrían libertad para elegir el fondo que cobrara las comisiones más bajas y esto redundaría en una mejor pensión.

Pero pasó todo lo contrario: hoy, la competencia entre los fondos es casi nula y los afiliados tienen que asumir altos costos, entre ellos:

  • Una comisión por los servicios que presta la aseguradora de fondos de pensiones (AFP), que corresponde al 7,5 % del aporte;
  • Una prima de seguros previsionales que se paga a una compañía de seguros y corresponde al 11,25 % del aporte; y
  • Un aporte para la garantía de pensión mínima, que corresponde al 9,375 % del aporte.

Al final, a la cuenta del afiliado ingresa apenas el 72 % de su aporte, sin contar los costos que se causan en periodos cesantes (cuando el trabajador suspende temporalmente sus aportes), el costo de trasladarse a otra AFP y los costos admisibles u ocultos de los procesos de inversión de fondos.

Sin embargo, los costos antes mencionados corresponden solo a la etapa de aportes.  No obstante, otros costos adicionales  deben cubrirse en el momento de la jubilación. Los cuales no están regulados y las Aseguradoras los adoptan arbitrariamente en la expedición de rentas vitalicias.

Costos altos y arbitrarios al momento de pensión

Cuando una persona afiliada a un fondo privado quiere pensionarse con una renta vitalicia, debe pagar a la aseguradora una “prima única”. Esta prima incluye un “factor de gastos” que la aseguradora cobra por expedir y administrar la pensión.

Cada aseguradora es autónoma para definir dichos gastos, dependiendo de su modelo de cálculo actuarial, y la Superintendencia Financiera no vigila el cálculo de ese monto. Esa ausencia de regulación y control ha llevado a grandes inequidades: mientras que algunas aseguradoras cobran un 0,8 %, otras cobran hasta el 25 % de la prima única.

Según la Superintendencia Financiera a 2021:

  • a 2.319 rentas vitalicias se les aplicó un factor de gastos de más del 5 % de la prima única;
  • a 295 se les aplicó un valor de más del 10 %;
  • a 98, más del 15 %; y
  • a 8, más del 20%.

La Grafica 1 muestra el porcentaje por concepto de factor de gastos aplicado sobre la prima única entre 1996 y 2021.

Gráfica 1. Factor de gastos aplicado sobre la prima única (porcentaje máximo, mínimo y promedio)




Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia.

Esta gráfica indica que, en el momento de pensionarse, algunas personas debieron pagar a la aseguradora una parte importante del capital que lograron acumular en su cuenta de ahorro individual.

Por ejemplo, si una persona cotiza sobre uno o dos salarios mínimos y se le cobra el 20 % de lo que logre acumular, seguramente su capital no va a alcanzar para financiar una pensión. Por eso, muchas personas no alcanzan a reunir el capital suficiente para pensionarse y deben optar por una “garantía de pensión mínima”, en la que desde el Fondo de Garantía de pensión mínima y con responsabilidad del Estado  se completa el monto faltante.

Los datos de este año muestran que la inequidad en este cobro sigue siendo muy grande. El factor de gastos promedio aplicado a las rentas vitalicias expedidas en lo corrido de 2021 fluctúa entre  1,4 % y 7,4 %. En todo caso, hay que recordar que algunas aseguradoras pueden tener otros costos fijos en la expedición de estas pólizas que no son reportados como porcentaje en este factor.

Gráfica 2. Factor de gastos promedio por aseguradora en 2021 (porcentaje aplicado sobre prima única)




Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia.

Puede leer: La informalidad amenaza el sistema de pensiones

La falta de información

Quienes afirman que el Estado no debe regular estos montos argumentan que una tarifa fija eliminaría la competencia entre las administradoras. Pero este argumento solo es válido si los afiliados tienen información suficiente.

Actualmente, los afiliados no pueden elegir el mejor fondo, porque no son informados previamente sobre los costos que asumen, ni existe un mecanismo informado que les permita comparar las condiciones para contratar una renta vitalicia con determinada aseguradora. Además, la capacidad de elegir no garantiza que los costos sean bajos, porque las aseguradoras pueden actuar como un cartel y decidir establecer costos similares.

El hecho de que los costos sean desconocidos expone a los afiliados a riesgo moral con efectos negativos sobre sus beneficios pensionales. La jubilación es el momento en el que existe menos regulación y supervisión y, por lo tanto, donde existe menos acceso e información.

En otros países este problema ha sido identificado y abordado desde hace años. Por ejemplo, en 2004 se creó en Chile un sistema de licitación electrónica para la compra de rentas vitalicias, llamado Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Por medio de este sistema, las personas que se acercan a la jubilación pueden comparar fácilmente los productos ofrecidos por cada aseguradora. Además, el sistema es supervisado por una superintendencia de pensiones y la ley establece un límite a las tarifas que pueden cobrar las compañías de seguros.

¿Por qué no se informa al ciudadano sobre todos los elementos que afectan el valor de su pensión?

¿Debe aceptar el pensionado el valor de su mesada de forma pasiva, sin conocer cómo fue determinada?

¿Quién vigila y protege al adulto mayor frente a los excesos de las entidades que participan en la determinación de su pensión?

En este asunto cabe gran parte de responsabilidad al Ministerio de Hacienda y a la Superintendencia Financiera, en su función de regulación y supervisión.



Foto: Función Pública - Que los costos sean desconocidos ha venido exponiendo a los afiliados a riesgo moral y con efectos negativos sobre sus beneficios pensionales.

Le recomendamos: ¿Qué hay detrás de la propuesta de las Administradoras de Fondos de Pensiones?

Los otros problemas  de inequidad de los privados

Otras personas resaltan la rentabilidad que obtienen los afiliados a los fondos privados. Pero hay que preguntarse si la rentabilidad que obtiene un afiliado en el manejo financiero de sus fondos es lo suficientemente alta como para cubrir todos los costos involucrados.

Esto no solo sucede en Colombia. La experiencia internacional sobre sistemas de capitalización individual ha mostrado que estos tienden a presentar altos costos de administración e intermediación. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS) han adoptado una serie de principios para la organización de la seguridad social en los países, entre los cuales se encuentran la equidad, la eficiencia y el costo administrativo asequible, los cuales deben ser observados en Colombia.

Como en los fondos privados los afiliados enfrentan individualmente el riesgo, dos personas pueden tener condiciones de pensión muy diferentes, incluso si tuvieron ahorros similares. Por ejemplo, en 2021, una persona que vaya a obtener una pensión de un salario mínimo podría pagar entre 180 y 398 millones por concepto de prima única: como se ve, el rango de valores es muy amplio. Valga decir que, para acumular 398 millones de pesos, una persona debió tener un ingreso base de cotización por encima de tres o cuatro salarios mínimos, pero su pensión será muy inferior.

Estas son solo algunas de las implicaciones sociales negativas de entregar el manejo de funciones públicas a privados sin la debida regulación y supervisión.

0 comentarios:

Publicar un comentario