miércoles, 18 de agosto de 2021

Encuesta Teletrabajo

El Comite Nacional de Empresa del Banco Popular publicó la siguiente encuesta con el fin  de obtener la opinión de los trabajadores frente a diferentes aspectos del Teletrabajo.

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lunes, 9 de agosto de 2021

Cursos que más les interesan a usuarios de plataformas de e-learning

Crece demanda por datos, inteligencia artificial y desarrollo personal.



 Actualmente los demandantes por capacitaciones en internet son cada vez más, pues la pandemia volcó el interés no solo hacia nuevas habilidades, sino también hacia cursos cortos de formación integral.

En este contexto, las plataformas e-learning cuentan con un gran potencial que esperan mantener.

“Las plataformas son una tendencia que seguirá creciendo porque dan la libertad a las personas de aprender a su ritmo desde cualquier lugar y hoy lo que se busca es flexibilidad. Este año reportamos el mismo nivel de consumo del 2020, pues aprender en línea se convirtió en un hábito”, comentó Julián Melo, CEO y cofundador de Ubits.

El año pasado hubo un aumento de más del 100 % en cursos de manejo del estrés, inteligencia emocional y mindfulness en esta app, tendencia que se mantiene. Accountability para el desarrollo personal y transformación digital también son fuertes.

'Upskilling y Reskilling', un estudio realizado por PageGroup a más de 6.400 candidatos en América Latina, evidenció que los procesos de aprendizaje y capacitación continuos son cada vez más importantes para los cambios que la revolución digital dejará en el trabajo en los próximos años.

Allí, la mayoría de candidatos aseguró haber realizado algún curso de perfeccionamiento de sus habilidades, siendo Colombia el país de más respuestas positivas (74 %), luego del primer lugar de Perú (81,1 %).

En el caso de Coursera, la app, que cuenta con 82 millones de estudiantes en el mundo, de los cuales más de dos millones están en Colombia, hay 5.000 cursos, 500 se imparten en español y 2.900 tienen subtítulos en este idioma.

Competencias digitales, Herramientas de ofimática, Fundamentos de Excel para negocios, de finanzas empresariales y finanzas personales son de las clases más populares entre los colombianos.

“El mundo no será como antes y la educación tampoco volverá; hoy hay una percepción mucho más positiva frente al aprendizaje 'online'”, resaltó Jhon Camacho, country manager de Crehana en Colombia.

El consumo de cursos online de esta empresa creció 8 veces durante 2020, pasando de tener 1,5 millones de usuarios a 4 millones a finales de ese año.

En Platzi destacan el enfoque hacia las habilidades del futuro, sobre qué es lo que hoy demanda del mercado y pide más urgencia. Allí, los cursos con más demanda son los relacionados a Programación, Ciencias de Datos, Marketing Digital y Diseño UX/UI.

https://www.portafolio.co/innovacion/plataformas-de-e-learning-y-los-cursos-que-les-interesan-a-usuarios-554644

 

jueves, 5 de agosto de 2021

Licencia de paternidad aumenta de ocho días a dos semanas (ley 2114 de julio 2021)

Entró en vigor la ley para que los hombres puedan compartir más tiempo con sus hijos recién nacidos. La idea es que se llegue hasta las cinco semanas.

Ahora, la licencia de paternidad será de dos semanas y de esta manera empieza su ampliación progresiva hasta llegar a las cinco semanas, según quedó establecido en la Ley de Licencia Compartida que sancionó este jueves el presidente Iván Duque y que fue aprobada por el Congreso el pasado 17 de junio.

Además de la ampliación de la licencia de paternidad, entran en vigencia la Licencia Compartida y la Licencia Flexible. Dos opciones para que las parejas elijan cómo tomar y distribuir las semanas de licencia de maternidad y paternidad tras la llegada de un hijo.

En el primer caso, tras común acuerdo, se permite que la madre comparta tiempo de su licencia con el padre para reintegrarse antes al trabajo y permitirle a su pareja compartir más con el bebé. Las mujeres pueden ceder máximo seis de las 18 semanas de licencia, ya que las primeras 12 son intransferibles.

No obstante, el padre del menos solo podrá acceder a este beneficio siempre y cuando no tenga antecedentes de violencia doméstica.

Por su parte, la Licencia Flexible permite al padre y a la madre extender su licencia, tras pactar con el empleador jornadas de trabajo de medio tiempo desde la casa. Esta modalidad se puede pedir a partir de la semana dos de la licencia del padre y de la 13 de la madre, solo si el empleador está de acuerdo.

“Esta Ley es en nombre de millones de madres colombianas que no deberían ser discriminadas laboralmente por estar en edad reproductiva, y de tantos padres colombianos que dan la vida por sus hijos”, afirmó José Daniel López, autor de la Ley.

También, la Ley 2114 de 2021 incluye dos elementos adicionales para garantizar la igualdad en los derechos laborales de las mujeres. Primero, en caso de que a las mujeres les exijan exámenes de sangre en un proceso de selección, éstas podrán elegir el laboratorio donde hacérselos, para evitar pruebas de embarazo no consentidas. Y, segundo, queda prohibida cualquier pregunta sobre planes reproductivos en las entrevistas de trabajo.

martes, 20 de julio de 2021

Objeción a la modificación del reglamento Interno de trabajo - Teletrabajo

 

El comite Nacional de empresa del Banco Popular presenta la objeción a la inclusion del teletrabajo al reglamento interno de trabajo.




CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO.

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO. (Artículos 119 – 106,108,111,112 y113)

 

ARTICULO 119. OBJECIONES. <Artículo modificado por el artículo 17 de la Ley 1429 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> El Empleador publicará en cartelera de la empresa el Reglamento Interno de Trabajo y en la misma informará a los trabajadores, mediante circular interna, del contenido de dicho reglamento, fecha desde la cual entrará en aplicación.

La organización sindical, si la hubiere, y los trabajadores no sindicalizados, podrán solicitar al empleador dentro de los quince (15) días hábiles siguientes los ajustes que estimen necesarios cuando consideren que sus cláusulas contravienen los artículos 106, 108, 111, 112 o 113 del Código Sustantivo del Trabajo.

Si no hubiere acuerdo el inspector del trabajo adelantará la investigación correspondiente, formulará objeciones si las hubiere y ordenará al empleador realizar las adiciones, modificaciones o supresiones conducentes, señalando como plazo máximo quince (15) días hábiles, al cabo de los cuales el empleador realizará los ajustes so pena de incurrir en multa equivalente a cinco (5) veces el salario mínimo legal mensual vigente.

ARTICULO 106. ELABORACION. El {empleador} puede elaborar el reglamento sin intervención ajena, salvo lo dispuesto en pacto, convención colectiva, fallo arbitral o acuerdo con sus trabajadores.

ARTICULO 108. CONTENIDO. El reglamento debe contener disposiciones normativas de los siguientes puntos:

1. Indicación del {empleador} y del establecimiento o lugares de trabajo comprendidos por el reglamento.

2. Condiciones de admisión, aprendizaje y período de prueba.

3. Trabajadores accidentales o transitorios.

4. Horas de entrada y salida de los trabajadores; horas en que principia y termina cada turno si el trabajo se efectúa por equipos; tiempo destinado para las comidas y períodos de descanso durante la jornada.

5. Horas extras y trabajo nocturno; su autorización, reconocimiento y pago.

6. Días de descanso legalmente obligatorio; horas o días de descanso convencional o adicional; vacaciones remuneradas; permisos, especialmente lo relativo a desempeño de comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica.

7. Salario mínimo legal o convencional.

8. Lugar, día, hora de pagos y período que los regula.

9. Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el {empleador} suministre.

10. Prescripciones de orden y seguridad.

11. Indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones, para prestar los primeros auxilios en caso de accidente.

12. Orden jerárquico de los representantes del {empleador}, jefes de sección, capataces y vigilantes.

13. <Aparte tachado INEXEQUIBLE> <Ver Notas del Editor> Especificaciones de las labores que no deben ejecutar las mujeres y los menores de dieciséis (16) años*.

14. Normas especiales que se deben guardar en las diversas clases de labores, de acuerdo con la edad y el sexo de los trabajadores, con miras a conseguir la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo.

15. Obligaciones y prohibiciones especiales para el {empleador} y los trabajadores.

16. Escala de faltas y procedimientos para su comprobación; escala de sanciones disciplinarias y forma de aplicación de ellas.

17. La persona o personas ante quienes se deben presentar los reclamos del personal y tramitación de éstos, expresando que el trabajador o los trabajadores pueden asesorarse del sindicato respectivo.

18. Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias, si existieren.

19. Publicación y vigencia del reglamento.

 

ARTICULO 111. SANCIONES DISCIPLINARIAS. Las sanciones disciplinarias no pueden consistir en penas corporales, ni en medidas lesivas de la dignidad del trabajador.

ARTICULO 112. SUSPENSION DEL TRABAJO. Cuando la sanción consista en suspensión del trabajo, ésta no puede exceder de ocho (8) días por la primera vez, ni de dos (2) meses en caso de reincidencia de cualquier grado.

ARTICULO 113. MULTAS.

1. Las multas que se prevean, sólo puede causarse por retrasos o faltas al trabajo sin excusa suficiente; no puede exceder de la quinta (5a) parte del salario de un (1) día, y su importe se consigna en cuenta especial para dedicarse exclusivamente a premios o regalos para los trabajadores del establecimiento.

2. El {empleador} puede descontar las multas del valor de los salarios.

3. La imposición de una multa no impide que el {empleador} prescinda del pago del salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar.


martes, 15 de junio de 2021