lunes, 7 de octubre de 2019

Extensión licencia de maternidad y Hora de Lactancia



A partir de la fecha de vigencia de la presente Convención Colectiva de Trabajo (Art. 25 Convención Colectiva del 27 de noviembre de 2017). El Banco Popular reconocerá como licencia remunerada de maternidad a las trabajadoras veinte (20) semanas, dentro de las cuales quedan incluidas las dieciocho (18) de carácter legal.

A partir de la vigencia de la presente Convención Colectiva de Trabajo, los dos (2) descansos que el Banco se obliga a conceder a la trabajadora, dentro de la jornada, para amamantar a su hijo, continuarán siendo de sesenta (60) minutos cada uno, sin descuento alguno del salario por dicho concepto durante los primeros seis (6) meses de edad. Estos descansos comprenden los legales.





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